Con fecha 16 de abril de 2024, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MEM- MEM-2024- 0005-AM, el Ministerio de Energía y Minas declaró la emergencia energética en el país. La declaratoria de emergencia tiene una duración de 60 días, es decir hasta el 15 de junio de 2024, prorrogables.
Cabe resaltar que previa a la declaración de emergencia, el 15 de abril de 2024, el Operador Nacional de Electricidad CENACE resaltó que hubo un descenso en las reservas energéticas almacenadas en los embalses, lo que iba a intervenir en la continuidad del servicio eléctrico y al abastecimiento de demanda eléctrica.
El propósito de la declaración de emergencia es tomar las acciones necesarias para priorizar la adquisición y generación adicional de energía eléctrica que permita disminuir y eliminar la actual crisis. La declaratoria de emergencia dispuso lo siguiente:
- Que la Empresa Pública Estratégica Corporación Eléctrica del Ecuador CELEC EP (en adelante “CELEC EP”), ejecute la adquisición, el suministro, construcción y la puesta en servicio de los sistemas de interconexión para conseguir la generación adicional emergente de electricidad. Para esto último se efectuarán de forma emergente los procedimientos de contratación en concordancia con la ley.
- Que las empresas distribuidoras de electricidad coordinen con CELEC EP para garantizar el aporte de energía proveniente de la nueva generación.
- Que CEPEC EP, en coordinación con EP Petroecuador actúe para abastecerse de gas natural de empresas públicas o privadas.
- Que las empresas distribuidoras con grupo electrógenos participen en el abastecimiento de energía al Sistema Nacional Interconectado.
- Que el Ministerio de Energía y Minas agilice la suscripción de contratos de concesión que están en trámite y la entrega de títulos habilitantes a las empresas privadas para que puedan participar en la matriz energética del país.
Posteriormente, con fecha 19 de abril de 2024, el Presidente de la República del Ecuador emitió el Decreto Ejecutivo 229 en el que se decretó estado de excepción en el territorio nacional por grave conmoción interna y calamidad pública, causada por la emergencia en el sector eléctrico. El estado de excepción tendrá vigencia de 60 días. Entre otros aspectos, el Decreto Ejecutivo dispone: (i) que el Ministerio de Economía y Finanzas debe asignar los recursos para atender la emergencia en el sector eléctrico, (ii) la movilización de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas para resguardar la infraestructura energética y prevenir sabotajes; y, (iii) la adopción de medidas urgentes para garantizar el suministro de energía eléctrica.